CORTE DE ARICA CONDENA AL CLUB SAN MARCOS

*Despidieron injustamente a un futbolista y ahora tendrán que ofrecerle disculpas e indemnizarlo por daño a la honra. Sentencia marca jurisprudencia en temas relacionados a despidos por Covid-19.

 

En fallo unánime, la Segunda Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Arica, condenó al Club Deportivo San Marcos de Arica a cancelar una indemnización reparatoria de 10 millones de pesos por concepto de daño moral y convocar a una conferencia de prensa en donde deberán pedir disculpas al futbolista Brian Alejandro Torres Milla, despedido en agosto del año pasado.

Lo anterior, tras ser apuntado por la institución de haber infringido las normas de prevención del Covid-10, lo que posteriormente se difundió de manera amplia por redes sociales y medios de comunicación masivos.

Sin embargo, en tribunales no se pudo acreditar aquello.

Por el contrario, el Club Deportivo San Marcos de Arica incurrió en la vulneración del derecho a la honra del trabajador denunciante”, por lo cual se le condena a lo siguiente:

 

1.- “Comunicar por las redes sociales oficiales del Club, en especial Twitter (‘@SM_A rica Oficial’) y Facebook (‘San Marcos de Arica’) y cualquier otra de la que sea titular, que el despido de don Brian Alejandro Torres Milla, del 4 de agosto de 2020, lo realizó con vulneración al derecho fundamental de la honra del jugador y trabajador, dando cuenta explicativa del contenido de esta sentencia, en especial respecto que adoptó esa decisión de manera injusta y sin fundamentos ciertos. Indicará que el Sr. Torres Milla es una persona de bien, un trabajador respetable, un jugador de futbol profesional que merece y debe reinsertarse en la actividad deportiva.

2.- Convocar a una conferencia de prensa a todos los medios de comunicación de la Región y del País, ya sea presencialmente o por sistema de vídeo conferencia, arbitrando las medidas necesarias para la intervención del jugador demandante y donde se disculpará con él por el despido y explicará el contenido de esta sentencia, en especial que adoptó esa decisión de manera injusta y sin fundamentos ciertos. Indicará que el Sr. Torres Milla es una persona de bien, un trabajador respetable, un jugador de futbol profesional que merece y debe reinsertarse en la actividad deportiva.

3.- Comunicará a la Asociación Nacional de Futbol Profesional, ANFP, que el despido de don Brian Alejandro Torres Milla, lo realizó vulnerado el derecho a la honra del jugador, explicará el contenido de esta sentencia, en especial que adoptó esa decisión de manera injusta y sin fundamentos ciertos, y expresará que el jugador de futbol profesional Sr. Torres Milla merece y debe reinsertarse en la actividad deportiva.

4.- Comunicará al Sindicato de Futbolistas Profesionales, SIFUP, que el despido de don Brian Alejandro Torres Milla, lo realizó vulnerado el derecho a la honra del jugador, en especial que adoptó esa decisión de manera injusta y sin fundamentos ciertos, explicará el contenido de esta sentencia y expresará que el jugador de futbol profesional Sr. Torres Milla merece y debe reinsertarse en la actividad deportiva.

5.- Comunicará al Ministerio del Deporte, informando y explicando el contenido de esta sentencia, en especial que despidió al trabajador don Brian Alejandro Torres Milla, lo realizó vulnerado el derecho a la honra del jugador y de manera injusta y sin fundamentos ciertos. Indicará que el Sr. Torres Milla es una persona de bien, un trabajador respetable, un jugador de futbol profesional que merece y debe reinsertarse en la actividad deportiva”.

 

Gráfica: Edificio de la Corte de Apelaciones de Arica.

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